Marzo y abril : declaraciones personales

CLAUDIA PONCE

Durante los meses de marzo y abril de cada año debemos cumplir, religiosa o ateamente, pero cumplir, con la obligación de presentar nuestras declaraciones de ingresos a Canadá (T1) y a Quebec (TP1). Estas mismas declaraciones nos permiten recibir diversas ventajas como la TPS/TVH, el crédito de solidaridad, la prestación fiscal para infantes, así como los pagos para el sostén de los niños.

Pero estos son solo los más evidentes de los créditos de impuesto o de las ventajas que recibimos. El importe de nuestros pagos de impuesto al momento de presentar nuestra declaración final o los reembolsos que recibimos, también como consecuencia de esa declaración, tiene mucho que ver con los distintos créditos “no reembolsables” a que podemos ser acreedores por nuestra situación única, personal y familiar.

No olvides verificar con tu contador que todos tus ingresos estén correctamente declarados y, muy especialmente que tus gastos (médicos, de transportes, de educación, etc.) estén presentados de acuerdo con las diversas reglamentaciones y exigencias que existen para cada uno de ellos. Los ministerios de ingresos de Canadá y Quebec hacen revisiones periódicas y no nos gusta recibir en casa noticias de nuevas determinaciones de impuesto con saldos a pagar.